¿QUÉ ES EL APUD ACTA?
Es un acto jurídico documentado que se realiza ante un Letrado de la Administración de Justicia en sede judicial, de manera presencial o electrónica, otorgando poder de representación al Procurador para que actúe en nombre de su cliente en los procedimientos judiciales en los que se encuentre inmerso.
El principal beneficio de este tipo de apoderamiento, al contrario del notarial, es que se realiza de manera gratuita, no suponiendo coste alguno para el poderdante o, en su caso, nuestro cliente.
¿CUÁNDO SE HACE EL APUD ACTA?
Deberá efectuarse en el momento de la presentación del primer escrito en un procedimiento o, en su caso, con anterioridad a la primera actuación en el mismo, según se recoge en el artículo 24.2 de la LEC.
APUD ACTA ELECTRÓNICO
Apoderamiento gratuito que puede obtenerse mediante comparecencia ante la Sede Judicial Electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Cualquier ciudadano puede realizar un apoderamiento apud acta si dispone de DNI electrónico o certificado digital válido.
La dirección para registrar apud acta electrónico es la siguiente:
https://sedejudicial.justicia.es/gl/-/apoderamiento-apud-acta
VALIDEZ DEL APODERAMIENTO
El apoderamiento electrónico tiene validez ante:
- Juzgados de Primera Instancia.
- Juzgados de Instrucción.
- Juzgados de lo Penal.
- Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
- Audiencia Nacional.
- Audiencia Provincial.
- Tribunal Supremo.
- Tribunales Superiores de Justicia.
- Tribunal Constitucional.
- Juzgados de lo Mercantil.
- Juzgados de lo Social.
La validez temporal del apud acta es de cinco años desde su otorgamiento, ya sea de manera presencial o telemática.
Si necesitas más información sobre cómo solicitar el apoderamiento apud acta para que un Procurador de los Tribunales te represente en un procedimiento judicial, pincha en este enlace