Reclamación de deudas
¿Qué hace un procurador en la reclamación de deudas?
La reclamación de deudas puede convertirse en un proceso complejo y desgastante para particulares, empresas o profesionales. Desde NM Procuradores, nuestro papel como Procuradores de los Tribunales es clave para agilizar estos procedimientos, garantizar su correcta tramitación y velar por los intereses de nuestros clientes.
Representación procesal: actuamos en nombre del cliente ante los tribunales, asegurando que todos los trámites se cumplen en tiempo y forma.
Impulso del procedimiento: nos ocupamos de que el procedimiento no se detenga, vigilando plazos, resoluciones y gestiones necesarias.
Coordinación con abogados: trabajamos mano a mano con el letrado para que la estrategia de reclamación se ejecute de manera eficaz.
Gestión documental: presentamos, notificamos y damos curso a toda la documentación relacionada con la reclamación.
Agilidad en ejecuciones: intervenimos en la fase de ejecución de sentencia, facilitando que el acreedor pueda cobrar lo que legalmente le corresponde.

Procedimiento monitorio:
Es un procedimiento judicial especialmente diseñado para reclamar deudas con cierta agilidad, de sencilla tramitación y destinado a obtener el pago de una deuda dineraria de cualquier importe, siempre y cuando sea líquida, determinada, vencida y exigible.
Es un proceso perfecto al que pueden acudir profesionales y pequeños y medianos empresarios para que puedan realizar sus reclamaciones de crédito. Asimismo, es ideal para que comunidades de propietarios de inmuebles puedan reclamar deudas a propietarios en concepto de gastos comunes. Debe acreditarse la deuda según lo establecido en el artículo 812 de la LEC.
En NM PROCURADORES nos ocupamos de presentar la demanda de procedimiento monitorio para la reclamación de deudas. Una vez presentada, y admitida a trámite la solicitud inicial de monitorio, se requerirá al demandado para que en el PLAZO DE VEINTE DIAS pague o se oponga, motivando su oposición.
El requerimiento de pago se llevará a cabo conforme al artículo 161 LEC, a través de la comisión judicial o por procurador. En NM PROCURADORES, si así lo requiere el cliente y previa habilitación judicial, efectuamos personalmente el requerimiento de pago en el domicilio del demandado.
¿Por qué contar con NM Procuradores para la reclamación de deudas?
Experiencia en reclamaciones de deudas: conocemos a fondo los procedimientos monitorios, ordinarios y ejecutivos.
Cercanía y trato directo: informamos de cada paso al cliente y resolvemos dudas de forma clara y rápida.
Agilidad en los trámites: nuestra gestión proactiva evita demoras innecesarias en los juzgados.
Cobertura amplia: representamos a clientes en diferentes partidos judiciales, adaptándonos a sus necesidades.
Supuestos que pueden surgir tras el requerimiento de pago
- El deudor paga la deuda reclamada, resarciendo las pretensiones del reclamante y dando lugar al archivo del procedimiento judicial.
- El deudor no paga la deuda y tampoco efectúa oposición a la demanda de monitorio. En este caso, lo adecuado sería continuar planteando una demanda de ejecución con el fin de conseguir la satisfacción de la pretensión inicial, es decir, el cobro de la cantidad reclamada.
- El demandado no paga la deuda y se opone, finalizándose el procedimiento monitorio, y dando paso a un procedimiento declarativo:
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- Juicio verbal: reservado para procedimientos cuya cuantía no exceda de 15.000 euros. El juzgado otorgará plazo de diez días, dando traslado de la oposición al actor, para que pueda impugnarla. Ambas partes tendrán ocasión de solicitar la celebración de la vista y el juez se pronunciará al respecto, quedando, en su caso, los autos vistos para sentencia sin necesidad de celebrar juicio o tras la celebración.
- Procedimiento ordinario: en caso de que la cuantía supere los 15.000 euros. La parte actora deberá interponer demanda de ordinario en el plazo de un mes, dándose traslado al deudor para que conteste en veinte días. Posteriormente, tras la demanda y contestación, se señalará audiencia previa para que las partes propongan pruebas y se procederá al señalamiento de juicio o quedarán los autos vistos para sentencia en función de la prueba propuesta.
En NM Procuradores trabajamos para que la reclamación de deudas sea un proceso más rápido, seguro y eficaz, defendiendo siempre los derechos de nuestros clientes.