El Supremo anula la norma que limitó el arancel de los procuradores a 75.000 euros por asunto

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado el Real Decreto de mayo de 2022 por el que se aprobó el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales por la falta de un análisis concreto y detallado del impacto de la medida en los profesionales. La norma limitó el arancel del procurador a 75.000 euros por cada asunto.

La sentencia de este 9 de abril de la que fue ponente el magistrado Fernando Román García critica que, tratándose de una norma cuyo objeto consiste precisamente en regular el aspecto fundamental del régimen económico de una profesión, no puede omitirse en la Memoria un análisis detallado y concreto del impacto económico que la norma impugnada podría tener sobre el colectivo que ejerce esa profesión. «Máxime cuando se trata de una profesión que, además de ofrecer y prestar sus servicios en el mercado, resulta ser actualmente una pieza fundamental en el funcionamiento de la Administración de Justicia en nuestro país como elemento colaborador de ésta», añade el fallo.

El tribunal estima el recurso planteado por los colegios de Procuradores de Madrid, Albacete, Almería, Islas Baleares, Cantabria, Cartagena, Ciudad Real, Elche, León, Lorca, Lugo, Málaga, Navarra, Orense, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia, Vigo, Vizcaya y Zaragoza.

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Fuente https://www.eleconomista.es/legal/noticias/12765271/04/24/el-supremo-anula-la-norma-que-fija-el-arancel-de-los-procuradores-por-falta-de-justificacion.html

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