Los honorarios de los procuradores están regulados Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. No obstante, es conveniente consultar al procurador sobre las tarifas para cada caso en concreto ya que se debe hacer una correcta interpretación del citado arancel.
A continuación, a modo de ejemplo, indicamos cuanto cobra un Procurador en Madrid de NM Procuradores por intervención en los siguientes procedimientos:
¿Cuánto cobramos por un divorcio?
- Divorcio contencioso sin pensión de alimentos, compensatoria ni bienes a dividir: 121 €
- Divorcio contencioso con pensión de alimentos de 150 euros por un hijo en común, sin pensión compensatoria ni bienes a dividir: 242 €
- Divorcio o separación de mutuo acuerdo sin pensión de alimentos, compensatoria ni bienes a dividir: 85 €
- Divorcio o separación de mutuo acuerdo con pensión de alimentos de 150 euros por un hijo en común, sin pensión compensatoria ni bienes a dividir: 214 €
- Solicitud de modificación de pensión de alimentos con reducción de 400 euros a 200 euros mensuales: 150 €
¿Cuánto cobramos por intervención en un procedimiento de reclamación de cantidad?
- Por una reclamación de 3.000 euros: 160€
- Por una reclamación de 6.000 euros: 242€
- Por una reclamación de 12.000 euros: 420€
- Por una reclamación de 36.000 euros: 800€
¿Cuánto cobramos por un monitorio?
- Reclamación de 3000 euros y se obtiene el cobro de lo reclamado: 50€
- Reclamación de 12000 euros y se obtiene el cobro de lo reclamado: 120€
- Reclamación de 3000 euros si además, hubiera oposición y posterior impugnación o presentación de demanda por el actor: 217€
- Reclamación de 12000 euros si además, hubiera oposición y posterior impugnación o presentación de demanda por el actor: 480€
¿Cuánto cobramos por intervención en la Audiencia Nacional en procedimientos relativos a nacionalidad?
Cobramos 242 euros por asumir la representación del demandante en este tipo de procedimientos.
Los importes indicados son orientativitos y habrá que atender a la naturaleza, tipo de procedimiento y circunstancias de cada procedimiento.
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